Subsidios por Maternidad y Lactancia Conoce qué debes hacer para recibir estos beneficios que te ofrece Seguro Familiar de Salud

Actores institucionales del Subsidio de Maternidad y Lactancia

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) es una de las entidades creadas por la Ley 87-01 sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

Tiene como una de sus funciones la administración de los Subsidios por Maternidad, Lactancia y Enfermedad Común, los cuales forman parte de los beneficios del Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud.

La SISALRIL, en coordinación con la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), tiene el mandato de informar sobre los procedimientos de solicitud y pago de los subsidios a las personas beneficiarias.

La DIDA es un organismo del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), establecido mediante la Ley 87-01 como dependencia técnica del Consejo Nacional de la Seguridad Social, con autonomía operativa, para asistir gratuitamente a los afiliados en todos los servicios que sean necesarios para hacer efectiva su protección. Esta asistencia incluye información sobre sus derechos, deberes, recursos e instancias amigables y legales, formulación de querellas y demandas, representación y seguimiento de casos, y promover el Sistema Dominicano de Seguridad Social, entre otros.

¿Qué es el Subsidio por Maternidad?

Es el pago en dinero a la trabajadora afiliada al Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud (SFS), equivalente a 14 semanas de salario cotizable, otorgado durante el período de descanso pre y post natal.

¿Cuáles son las condiciones para recibir el Subsidio por Maternidad?

1- Debe estar activa en nómina de una empresa del sector privado o público y haber cotizado durante 8 meses del período comprendido en los 12 meses anteriores a la fecha de su alumbramiento o inicio de la licencia; lo que ocurra primero.

2- No ejecutar trabajo remunerado durante el período de descanso por maternidad o licencia pre y post natal.

Excepción: Cuando la trabajadora afiliada pierde un embarazo mayor de 22 semanas, tiene derecho a recibir este subsidio.

¿Cómo se solicita el Subsidio por Maternidad?

Una vez se confirme el estado de embarazo, la trabajadora afiliada solicitará a su médico tratante elaborar un Informe de Maternidad disponible en la Oficina Virtual de la SISALRIL, que certificará las siguientes informaciones:

a) Nombres, apellidos, número de cédula y/o número de Seguridad Social de la trabajadora beneficiaria;

b) Administradora de Riesgos de Salud (ARS) a la cual está afiliada la trabajadora;

c) Sector de residencia de la trabajadora;

d) Nombre(s) de la(s) empresa(s) para la cual labora;

e) Datos de la Prestadora de Servicios de Salud (PSS) donde es atendida durante el embarazo y se presume tendrá lugar el parto;

f) Nombre y número de exequatur del médico tratante;

g) Cantidad de semanas de embarazo al momento del examen;

h) Fecha probable del parto;

i) Antecedentes médicos familiares; y

j) Nombres, apellidos, cédula y parentesco de la persona que la trabajadora afiliada haya designado para que, en caso de su fallecimiento, pueda recibir los subsidios de maternidad y lactancia. El Informe de Maternidad debe estar sellado y firmado por el médico tratante o por la Prestadora de Servicios de Salud.

Luego, la trabajadora debe entregar el Informe de Maternidad a su empleador, quien registrará su embarazo a través de la Oficina virtual de la SISALRIL.

Cuando la trabajadora inicie su descanso por maternidad o dé a luz, deberá entregar a su empleador la licencia por maternidad firmada y sellada por su médico tratante. El empleador deberá completar la información en el “Formulario de Solicitud de Subsidio Pre y Post Natal” de manera digital en la Oficina Virtual de la SISALRIL.

El mismo deberá ser firmado y sellado por el empleador y firmado por la afiliada, cargado a través de la Oficina Virtual de la SISALRIL, remitiéndolo vía electrónica en la misma plataforma.

¿Cuál es la forma de pago del Subsidio por Maternidad?

La SISALRIL autorizará el pago del Subsidio por Maternidad, luego de verificar las informaciones suministradas por el empleador y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas por la ley y los reglamentos.

Luego, a través de la nómina de la empresa, el empleador debe realizar el pago correspondiente al Subsidio por Maternidad a la trabajadora afiliada. La SISALRIL reembolsará al empleador mediante al crédito en la cuenta registrada en la Oficina Virtual el pago realizado por dicho concepto.

¿Cuánto es el monto del Subsidio por Maternidad?

El Sistema Dominicano de Seguridad Social cubrirá hasta el tope cotizado de diez salarios mínimos. Es responsabilidad del empleador cubrir la diferencia, en caso de que el salario supere el tope establecido, a fin de que la trabajadora reciba el salario ordinario completo.

Durante la licencia pre y post natal, tanto la trabajadora como el empleador deben seguir cotizando normalmente a la Seguridad Social.

¿Qué es el Subsidio por Lactancia?

Es el pago que recibe la trabajadora afiliada que percibe un salario promedio de los últimos 6, menor o igual a tres salarios mínimos nacional, por cada hijo nacido vivo, durante un período de doce meses. Para las solicitudes de lactancia anteriores al 15 de mayo 2023 se tomará el salario devengado anterior al evento.

Si la trabajadora tiene más de un empleo, el valor a considerar para determinar su salario promedio cotizable es la sumatoria de todos sus salarios promedios en cada empresa registrados en la Seguridad Social.

¿Cómo se solicita el Subsidio por Lactancia?

La trabajadora afiliada o la persona designada por ella, notifica el alumbramiento a su empleador y le envía el acta de nacimiento de la criatura (o las actas, si el parto es múltiple).

El empleador registra en la Oficina Virtual los datos contenidos en el acta de nacimiento y remite dichos documentos escaneados, completando así la solicitud de Subsidio por Lactancia.

En caso que el empleador no realice la solicitud de Subsidio por Lactancia, la afiliada a través de la Oficina Virtual podrá registrar su subsidio, cargando el informe de embarazo y el o las actas de nacimiento de cada lactante.

¿Cuál es la forma de pago del Subsidio por Lactancia?

La SISALRIL realizará el pago de Subsidio por Lactancia directamente a la trabajadora afiliada o a la persona designada, a través de depósitos en una cuenta creada en el Banco de Reservas, luego de verificar que cumple con las condiciones requeridas.

Las madres extranjeras deberán remitir una certificación con el numero de cuenta del banco de Reservas, para el depósito a través de la misma.

En caso de parto múltiple, la madre recibirá el subsidio por cada uno de los recién nacidos de dicho parto.

Por efecto de la Resolución CNSS 378-03, de diciembre de 2015, los Subsidios por Lactancia están sujetos a una escala según el Salario Mínimo Nacional.

¿Sabes qué es el Salario Mínimo Nacional?

Es el salario utilizado como base para los topes de las cotizaciones al Régimen Contributivo y para los cálculos de las prestaciones en dinero que son otorgadas por el Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS).

El mismo se obtiene del promedio simple de los salarios mínimos legales del sector privado establecidos por el Comité Nacional de Salario del Ministerio de Trabajo.

Topes Salariales Subsidio por Lactancia

El Artículo 132 de la Ley 87-01, establece que serán beneficiarias del Subsidio por Lactancia, aquellas trabajadoras afiliadas cuyo salario sean inferiores a la sumatoria de tres (3) Salarios Mínimos Nacional.

El salario a utilizar será el que se encuentre vigente al momento del nacimiento del Lactante.

Salario Mínimo Nacional Vigente

A partir del 1 de abril 2023 el salario mínimo cotizable es de:

RD$18,702.00

Topes Salariales y porcentajes vigentes del Subsidio por Lactancia

* Los valores presentados son en Pesos Dominicanos

La Lactancia Materna es la forma más adecuada y natural de proporcionar aporte nutricional, inmunológico y emocional al bebé, ya que le proveerá los nutrientes y anticuerpos que lo mantendrán sano; además, le permitirá crear fuerte lazo afectivo con la madre.

La Lactancia Materna también es beneficiosa para la madre ya que contribuye a que el útero o matriz se contraiga rápidamente, reduciendo hemorragias tras el parto y la ayuda a perder el peso ganado durante el embarazo,

La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda la lactancia materna exclusiva hasta los 6 meses de edad de la criatura.